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CON LAS LEYES COMUNALES AHORA TODOS SEREMOS” COMUNISTAS.”

El régimen viene apresuradamente aprobando una serie de leyes las cuales tienen como objetivos la instauración y desarrollo de una nueva geometría del poder  cuyo fin último es la perpetuación del mismo en la estructura sociopolítica venezolana. Además de la reforma a la ley de consejos comunales se están aprobando la ley orgánica de las comunas y la ley orgánica para el fomento y desarrollo del sistema económico comunal, las cuales desarrollan todos los principios económicos, sociales y políticos que fueron rechazados por el pueblo venezolano en el referéndum sobre la reforma constitucional realizado en el año 2007. Es necesario dejar claro que no se trata solo de una nueva división político territorial basada en la constitución de comunas, se trata de un nuevo modelo de sociedad, basado en una concepción totalitaria  de las actividades humanas tanto en la manera de producir y consumir los bienes materiales necesarios para la existencia humana como también un nuevo modo de la producción del conocimiento, así como la imposición de una nueva ética la cual regirá el comportamiento privado y público de los ciudadanos. Las comunas es una instancia de gobierno territorial, es la entidad local socialista por excelencia, la cual además de sepultar a las alcaldías, juntas parroquiales y gobernaciones como instancias de poder intermedio de la ciudadanía desarrollaran el modelo económico llamado por el régimen “socialista” y que nosotros llamaremos totalitarista. Entre las características más importantes encontradas en estas dos leyes destacan las siguientes:

1.       Abolición de la propiedad privada sobre los medios de producción de bienes, servicios y saberes, independientemente de su tamaño.

2.       La propiedad individual y familiar solo tendrá posesión, uso y disfrute, pero no disposición del bien, esta propiedad sobrevivirá hasta que el parlamento comunal decida lo contrario, es decir, esta propiedad depende del interés que pueda tener el colectivo sobre la misma, pudiendo asumirla en cualquier momento si así lo decide el parlamento comunal.

3.       Se permite el desarrollo de un solo tipo de propiedad: la propiedad social, bien sea directa o indirecta.

4.       La comuna es una entidad local socialista a partir de la cual se edifica la sociedad “socialista” y el Estado Comunal.

5.       De hecho quedan eliminadas  las juntas parroquiales, concejos municipales, alcaldías y gobernaciones, pues, todas las competencias de estos poderes serán asumidos por el poder comunal, a propósito de la construcción del Estado Comunal,

6.       Los consejos comunales tienen la iniciativa para conformar las comunas.

7.       Se formara una comisión promotora de la comuna, la cual realizara asambleas de ciudadanos de las respectivas comunidades para someter a consideración dicha iniciativa y promover  la elección e instalación de la Asamblea Constitutiva, esta asamblea redactará y someterá a consulta pública el Acta Fundacional de la Comuna, la cual será publicada en la Gaceta Comunal.

8.       Solo con el 15 por ciento de los inscritos en el registro electoral se podrá refrendar la Carta Fundacional de la Comuna.

9.       La comuna solo desarrollara el modelo productivo “socialista”. Para participar como integrante de una unidad socio productiva el participante debe demostrar su apego a la ética socialista y participar en los programas de formación socialista, así mismo, debe obtener el “certificado de saberes”, otorgado por el ministerio respectivo.

10.   Se pierde la condición de integrante de la unidad socio productiva al no cumplir con los principios y valores socialistas.

11.   Se instrumenta el TRUEQUE como mecanismo de intercambio de bienes, servicios y saberes.

12.   Las comunas se convierten en instrumentos ejecutores del poder central, dado que el Plan Comunal de Desarrollo establecerá los proyectos, objetivos, metas, acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos del Plan de Desarrollo  Económico y Social de la Nación y los lineamientos del Consejo Federal de Gobierno.

13.   El Banco de la Comuna solo promoverá y apoyara el desarrollo y consolidación de la propiedad social, no habrá financiamiento  para proyectos privados ni familiares ni de cooperativas.

14.   Todas las comunas pertenecerán a un Distrito Motor de Desarrollo el cual será determinado por el ejecutivo nacional.

En líneas generales podemos observar que estas leyes  comunales pretenden convertir  obligatoriamente a los venezolanos en militantes de una ideología totalitaria que le impide al ser humano  desarrollar libremente su potencial, se pretende convertirnos en un tornillo de una maquinaria de producción repitiendo el mismo error que cometieron los países de Europa Oriental y La Unión Soviética con la instauración del llamado “socialismo real” lo cual se tradujo en un rotundo fracaso económico y la pérdida de las libertades civiles y políticas y transformo dichos regímenes en unas burdas dictaduras contra el pueblo.

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